Mecanismos de acción social del Ayuntamiento de Langreo
Información sobre mecanismo, destinatarios y requisitos
Los ciudadanos de Langreo disponen de la posibilidad de a una bonificación mediante la cual los beneficiarios de la misma estarán exentos del pago de la cuota fija y del consumo de 15 m³ de las tarifas de agua y alcantarillado. Asimismo, será de aplicación la exención total en la tasa por recogida de basura que emite el Ayuntamiento de Langreo.
Estarán exentos de pago de la cuota fija y del consumo de 15 m³, en la tarifa de viviendas de carácter familiar, las personas o unidades familiares de convivencia en un domicilio cuyos ingresos mensuales se encuentren dentro del siguiente baremo:
- Un miembro: a) Iguales o inferiores al IPREM b) Desde el IPREM a la cantidad establecida para la pensión mínima mensual ordinaria de jubilación con 65 años (unidad familiar unipersonal).
- Dos o más miembros: a) Iguales o inferiores al IPREM b) Desde el IPREM a la cantidad establecida para la pensión mínima mensual ordinaria de jubilación con 65 años con cónyuge a cargo. En los casos en que existan trabajadores autónomos, se tomará como referencia la base imponible de la declaración anual del IRPF, aplicando la subida correspondiente al IPC.
No podrán acceder a la exención de pago aquellos contribuyentes que sean propietarios de más de dos bienes urbanos.
Quienes soliciten la exención deberán llevar como mínimo empadronados en el municipio dos años.
En el supuesto de que el beneficiario del servicio no coincida con el obligado al pago, se admitirá la exención de pago igualmente para la vivienda, siempre que dicho beneficiario cumpla con los requisitos establecidos en el presente apartado.
Para acceder a esta exención los interesados deberán presentar solicitud por escrito, adjuntando justificante de los ingresos que perciba la unidad familiar, así como cualquier otro documento que se le pueda exigir por el Ayuntamiento, mientras se tramite su petición.
La solicitud de exención se podrá realizar a lo largo de todo el año natural, siendo de aplicación en la facturación del trimestre siguiente a su concesión.
La solicitud de renovación de la exención concedida se realizará en el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de abril, no admitiéndose fuera de dicho plazo ninguna solicitud de renovación, hasta el próximo ejercicio económico.
El incumplimiento del trámite de renovación, dentro del plazo señalado, dará lugar a la pérdida automática de la exención.
Los interesados en solicitar la tarifa bonificada o su renovación y que cumplan los requisitos establecidos en “Ordenanza nº 42 Prestación patrimonial no tributaria servicio de suministro de agua. BOPA 247 - 28-12-2023" y “Ordenanza nº 41 Prestación patrimonial de carácter público no tributario por el servicio de alcantarillado. BOPA 247 - 28-12-2023", deberán entregar la siguiente documentación enviando un email a aguaslangreo@fcc.es, o por correo postal, o dejándola en el buzón exterior de la oficina de Aguas de Langreo o de forma presencial (de 9 a 14 horas de lunes a viernes y martes de 15:15 a 17:15 del 1/10 al 14/6):
- Si desea presentar la primera solicitud: Solicitud de bonificación/exención en Tasa de basura, y Tarifas de agua y alcantarillado, Documento de otorgamiento de representación para obtención de datos catastrales, Solicitud de certificado de empadronamiento y Cláusula informativa de la Ley de protección de datos , cumplimentados y firmados por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años, con indicación del DNI de cada uno. Documento Obligatorio IMPRIMIR
- Si desea presentar la renovación: Solicitud de renovación bonificación/exención en Tasa de basura, y Tarifas de agua y alcantarillado, Solicitud de certificado de empadronamiento y Cláusula informativa de la Ley de protección de datos , cumplimentados y firmados por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años, con indicación del DNI de cada uno. Documento Obligatorio IMPRIMIR
- Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años. Documento Obligatorio.
- Fotocopia del documento justificante de los ingresos que percibe la unidad familiar (pensiones, prestaciones por desempleo, etc..). Documento Obligatorio.
- Informes de vida laboral de la Seguridad Social de todos los miembros de la unidad familiar. Documento Obligatorio.
- En el caso de carecer de ingresos, deberá presentarse certificado de no percibir pensiones del organismo correspondiente. Asimismo, deberá acreditarse la cuantía del salario básico. Documento Obligatorio.
- En los casos en que existan trabajadores autónomos, se tomará como referencia la base imponible de la declaración anual del IRPF, aplicando la subida correspondiente al IPC. Documento Obligatorio.
Puede adjuntar la documentación requerida a través del correo electrónico: aguaslangreo@fcc.es
Mecanismo acción social Ayto./ organismo público
Todos los usuarios del Principado de Asturias disponen de la posibilidad de acogerse, si cumplen los requisitos establecidos , a una exención del Impuesto de Afecciones Ambientales del Principado de Asturias en los consumos correspondientes a los siguientes usos:
- La utilización de agua para regadío que hagan los agricultores inscritos en el Registro de explotaciones agrarias.
- La utilización de agua que hagan los ganaderos inscritos en el Registro general de explotaciones ganaderas.
- La utilización de agua consumida por los centros ictiogénicos e ictiológicos definidos en el artículo 31 de la Ley del Principado de Asturias 6/2002, de 18 de junio, sobre protección de los sistemas acuáticos y de regulación de la pesca en aguas continentales.
Estos se aplicarán de oficio cuando las Consejerías de las que dependen los Registros se lo comuniquen a los Servicios Tributarios del Principado, y estos a Aqualia.
- Los usos domésticos cuyo vertido posterior no pueda realizarse a través de redes públicas de alcantarillado.
Se aplicará de oficio cuando el Ayuntamiento en donde se ubique el inmueble haya remitido al Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias en el ejercicio previo al del devengo una certificación acreditativa de las zonas de cada concejo susceptibles de resultar exentas por carecer de alcantarillado y de posibilidad de conexión al mismo.
Cuando existan condiciones técnicas que impiden la conexión a las redes públicas de saneamiento ubicadas a una distancia no superior a 100 metros, deberán acreditarse mediante la presentación del correspondiente informe municipal que podrá ser solicitado por cualquier interesado sin coste alguno para el mismo en los términos que se definan reglamentariamente.
Los interesados en solicitar esta exención y que cumplan los requisitos establecidos en “Artículo 6 de la Ley 1/2014 del Principado de Asturias. BOPA 22/04/14.” deberán realizar la solicitud, directamente al Principado de Asturias.
Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica
De acuerdo con el Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, el prestador del servicio de aguas pone a disposición de los usuarios la solicitud de acreditación de la vulnerabilidad.
Es necesario acreditar la situación de vulnerabilidad presentando este formulario correctamente cumplimentado junto con la documentación requerida en el documento y presentarlo en las oficinas de Atención al Cliente de la empresa suministradora de agua o bien cargarlo a través de esta web.
El Bono Social se enmarca en el firme compromiso que la empresa suministradora de agua adquiere con los municipios en los que presta servicio para aportar las mejores soluciones, tanto técnicas como sociales y medioambientales, en beneficio de los ciudadanos.